Síntesis de la Ley General
Los derechos de la infancia en México se han posicionado como un asunto prioritario en la agenda pública, al presentarse la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como una iniciativa preferente por parte del Presidente de la República y al ser aprobada por el Congreso de la Unión tras su relevante papel en su análisis y enriquecimiento.
El 5 de diciembre de 2014 entró en vigor la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Esta ley marca el inicio de una nueva etapa para la niñez y la adolescencia en México en la que gobierno y sociedad trabajarán coordinadamente a nivel nacional para garantizar sus derechos.
¿Qué es?
La Ley General, al abordar una materia constitucionalmente concurrente, es un ordenamiento que establece la distribución y asignación de competencias y obligaciones entre todas las autoridades federales, estatales y municipales para garantizar los derechos de la infancia y la adolescencia. Así, establece mecanismos institucionales y lineamientos que se aplicarán en todo el país al momento de diseñar, implementar y evaluar las políticas, programas y acciones que afecten los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Sus disposiciones son obligatorias para todas las autoridades de todos los poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) y órdenes (municipal, estatal y federal) de gobierno, así como para las familias, la sociedad civil organizada y el sector privado.
¿Por qué es importante?
Antes de la Ley General existía la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que no identificaba a las instituciones responsables para garantizar los derechos de los niños y niñas ni los mecanismos de coordinación. Esta situación se superó con la nueva Ley General, que no solamente identifica los derechos de los niños, niñas y adolescentes, sino que también establece, por primera vez, las obligaciones específicas de los distintos actores gubernamentales y sociales, y la manera en que estos actores deben trabajar coordinadamente.
¿En qué consiste?
Esta Ley General reconoce a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos, con capacidad de defender y exigir sus derechos. Reconoce también a la familia, a la comunidad y al Estado como los responsables de garantizar sus derechos de manera progresiva e integral. Es decir que no parte de una mirada reactiva que asume que los niños y niñas son un grupo vulnerable.
Establece principios rectores y criterios que orientarán la política en materia de infancia y creamecanismos institucionales que facilitarán la comunicación, la coordinación y la toma de decisiones entre autoridades, sociedad civil y sector privado a fin de garantizar los derechos de la infancia y la adolescencia.
Esta Ley también reconoce la importancia de asignar recursos específicos para la realización de los derechos de la infancia y de integrar mecanismos para garantizar la participación efectiva de la sociedad civil y de los propios niños, niñas y adolescentes. Por primera vez establece un sistema de rendición de cuentas, que incluye el monitoreo y la evaluación de las políticas, programas y acciones que impactan a la infancia.
Elementos clave
La nueva LGDNNA constituye un avance sin precedentes en México, ya que ordena por primera vez en la historia la creación de un Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Se trata de un modelo institucional único que facilitará la comunicación, coordinación y la toma de decisiones entre las principales autoridades federales, de las entidades federativas y de los municipios, y que asegurará la inclusión de la sociedad civil y de los propios niños, niñas y adolescentes en dicha toma de decisiones, con el fin de que actúen sin dilación para garantizar los derechos de la infancia y la adolescencia. Estará presidido por el Presidente de la República, lo cual coloca a la infancia como un tema del más alto nivel político, y sus decisiones son obligatorias para todos sus integrantes. Uno de sus principales resultados será la aprobación e implementación de un Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Dentro del Sistema habrá una Secretaría Ejecutiva, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que se encargará de promover y vigilar que las decisiones realmente se lleven a cabo. Será el punto de interlocución y coordinará las acciones entre las dependencias del Sistema.
Para complementar el Sistema Nacional, la Ley establece un mecanismo para dar atención y respuesta especial a los casos en que los derechos de los niños, niñas y adolescentes ya han sido amenazados o violentados. Se trata de medidas de protección especial y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situaciones particulares de vulnerabilidad, como es el caso de los niños y niñas en situación de migración, pobreza, víctimas de delitos, sin cuidados parentales, entre otros. Estas medidas tendrán como fin reparar el daño y colocar al niño, niña y adolescente en una situación en la que todos sus derechos estén garantizados.
Una nueva institución llamada Procuraduría de Protección de niños, niñas y adolescentes se encargará de coordinar y dar seguimiento a estas medidas de protección, además de que representará, protegerá y defenderá legalmente a los niños, niñas y adolescentes. En la práctica, la Procuraduría de Protección interconectará y coordinará a las instituciones del Estado que, desde su área de especialización, sean las adecuadas para ejecutar las medidas de protección (como las instituciones de asistencia social, de salud, justicia, educación, protección social, cultura, deporte, entre otras) y dará seguimiento a su trabajo para asegurarse de que actúen de manera oportuna y articulada. Su responsabilidad terminará hasta que todos los derechos de la niña, niño o adolescente se encuentren garantizados.
Otro elemento indispensable del Sistema Nacional es el Sistema de Información sobre infancia y adolescencia, que reunirá información a todos los niveles (federal, estatal y municipal), mediante indicadores cuantitativos y cualitativos, desagregados. Este sistema de información permitirá monitorear los progresos alcanzados en el cumplimiento de los derechos de la infancia y dará insumos para diseñar mejores políticas públicas.
La Ley también prevé la evaluación y diagnóstico de las políticas de infancia a cargo del Consejo de Evaluación de Política de Desarrollo Social (CONEVAL). Esta institución revisará periódicamente el cumplimiento de la Ley y el Programa Nacional, así como las metas y acciones de los miembros del Sistema a fin de emitir sugerencia para los niños, niñas y adolescentes según su edad, desarrollo evolutivo y que permitan atender y tomar en cuenta sus intereses y preocupaciones. Estos mecanismos deben garantizar una participación permanente y activa.
Finalmente, la Ley prevé la obligación de contar con presupuesto que permita dar cumplimiento a las acciones establecidas en ella.
Para asegurar la articulación entre las acciones federales y locales, la Ley ordena también la instalación de Sistemas Locales de Protección en cada una de las Entidades Federativas, los cuales, además de articularse con el Sistema Nacional, serán las instancias de coordinación para la formulación, ejecución y seguimiento de políticas, programas y acciones para la protección y ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes a nivel estatal. Estos Sistemas Estatales de Protección tendrán los mismos elementos que el Sistema Nacional, descritos anteriormente; es decir, serán presididos por el Titular del Ejecutivo Estatal y de la Jefatura de Gobierno en el caso del Distrito Federal, se ayudarán de una Secretaría Ejecutiva y contarán con un sistema de información, un Programa de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, un mecanismo de evaluación y diagnóstico, mecanismos de participación efectiva y presupuesto. También contarán con Procuradurías Locales de Protección que coordinarán y darán seguimiento a las medidas de protección especial y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes.
Los Municipios contarán igualmente con Sistemas de Protección, que estarán presididos por los Presidentes Municipales o Jefes Delegacionales (para el caso del Distrito Federal), e integrados por las instituciones vinculadas con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Tendrán la participación del sector social y privado y se apoyarán de una Secretaría Ejecutiva. Los Ayuntamientos contarán con un programa de atención para la infancia y con un área que tendrá el primer contacto con niñas, niños y adolescentes y será el enlace con las instancias municipales, estatales y federales competentes para la garantía de sus derechos.
Con el fin de que el Sistema Nacional de Protección Integral tenga un desarrollo integral, la Ley General establece que los Sistemas Federal, Locales y Municipales de Protección se coordinarán permanentemente a través de sus Secretarías Ejecutivas.
“Esta Ley será trascendental para el presente y el futuro de la infancia en el país y por lo tanto para el desarrollo de México en términos sociales, económicos y de justicia, por lo que el siguiente paso consiste en asegurar su adecuada implementación y garantizar que los nuevos mecanismos e instituciones previstos por la misma tengan condiciones para operar de manera eficiente”, Representante de UNICEF en México
http://www.leyderechosinfancia.mx/ley-general/sintesis-de-la-ley/
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